Nueva ley de SMS en España: las empresas deberán registrar sus identificadores antes del 7 de junio de 2026

Nueva ley de SMS en España: las empresas deberán registrar sus identificadores antes del 7 de junio de 2026

A partir del 7 de junio de 2026, entrará en vigor una de las medidas más importantes para la seguridad de las comunicaciones en España: la obligación de que todas las empresas y organismos que utilicen identificadores alfanuméricos en sus SMS (los nombres de remitente como “ClínicaLópez” o “Notifycal”) los registren en una base de datos oficial gestionada por la CNMC.

Esta medida forma parte de la Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero, aprobada por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, que busca combatir el fraude por suplantación de identidad (smishing) y reforzar la confianza en las comunicaciones electrónicas.


⚖️ Qué dice la nueva ley

La Orden TDF/149/2025 establece diversas medidas para proteger a los consumidores frente a las estafas por SMS y llamadas telefónicas.
Entre ellas, destaca la creación de una base de datos de identificadores alfanuméricos utilizada por empresas y administraciones públicas para identificarse como remitentes de mensajes de texto (SMS, MMS o RCS).

A partir del 7 de junio de 2026, los operadores deberán bloquear cualquier mensaje que utilice un identificador no registrado o que intente suplantar uno existente.

En resumen, las empresas que envíen SMS deberán:

  • Registrar su identificador (por ejemplo, “PeluqueríaAna” o “ClínicaSmile”) en el sistema de la CNMC.
  • Acreditar su titularidad vinculándolo a un NIF o CIF.
  • Usar únicamente nombres aprobados y verificados en los envíos comerciales o informativos.

🏢 A quién afecta

Esta normativa afecta a todas las empresas, profesionales autónomos y entidades públicas que envíen mensajes SMS o RCS a sus clientes o usuarios, incluyendo:

  • Clínicas dentales, estéticas o fisioterapias que envían recordatorios de cita.
  • Peluquerías, talleres, entrenadores personales o centros de yoga.
  • Inmobiliarias, gestorías, academias o tiendas online que notifican citas, pedidos o entregas.

Incluso si solo utilizas los SMS para recordatorios o confirmaciones, tendrás que registrar el nombre del remitente si se muestra como identificador alfanumérico (en lugar de un número corto o largo).


📋 Cómo será el registro

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) será la encargada de crear y gestionar la base de datos nacional de alias alfanuméricos.
Aunque el sistema aún está en desarrollo, el Ministerio ha adelantado que el proceso será completamente digital y gratuito.

Pasos previstos:

  1. Identificación de la empresa (NIF o CIF).
  2. Declaración del identificador alfanumérico (por ejemplo, “FarmaciaGómez”).
  3. Validación técnica y verificación por parte del operador o del proveedor de mensajería (como Vonage, Twilio o Notifycal).

Una vez validado, el identificador quedará vinculado oficialmente a la empresa, y nadie más podrá usarlo para enviar mensajes.


📆 Plazos clave

  • 12 de febrero de 2025: publicación de la Orden TDF/149/2025 en el BOE (BOE-A-2025-2870).
  • Durante 2025 y primer semestre de 2026: despliegue del sistema por parte de la CNMC y los operadores.
  • 7 de junio de 2026: fecha límite para que todas las empresas registren sus identificadores.
    A partir de entonces, los mensajes enviados con alias no verificados podrán ser bloqueados automáticamente por los operadores.

🚀 Qué puedes hacer desde hoy

Aunque todavía queda margen, anticiparte puede ahorrarte problemas y cortes en tus envíos.
Desde Notifycal te recomendamos:

  1. Revisar el nombre que utilizas como remitente en tus recordatorios SMS.
    • Evita nombres genéricos (“Recordatorio”, “Agenda”) o confusos.
  2. Centralizar tus envíos con un proveedor que cumpla la normativa española y europea.
  3. Actualizar tus políticas de privacidad si gestionas datos personales asociados a SMS.
  4. Estar atento a las comunicaciones oficiales de la CNMC sobre la apertura del registro.

🏁 Conclusión

La Orden TDF/149/2025 supone un antes y un después en el uso de SMS en España.
Su objetivo es claro: acabar con la suplantación de identidad y devolver la confianza a los mensajes de empresa.

Si tu negocio utiliza SMS para comunicarse con los clientes, prepárate con tiempo y asegúrate de hacerlo con un proveedor que garantice el cumplimiento legal.
Así no solo evitarás bloqueos, sino que reforzarás la confianza en tu marca.